DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA DE FISCALIZACIÓN DE SERVICIOS ECONÓMICOS
T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
Al contestar refiérase
al oficio No.13155
23 de diciembre, 2011
DFOE-EC-0661
Licenciado
Alfredo Cordero Chinchilla
Secretario Junta Directiva
AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
Estimado señor:
Asunto: Aprobación parcial del presupuesto inicial del período 2012 de la
Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos.
Con el propósito de que lo haga de conocimiento de los señores miembros de Junta
Directiva, y se emitan las instrucciones a las instancias que resulten pertinentes, me
permito remitirle el presupuesto inicial de esa entidad aprobado parcialmente por la suma
de ¢14.610.609,6 miles.
Sobre el particular le indicamos lo siguiente:
1. CONSIDERACIONES GENERALES
1.1. Origen del estudio y alcance
El estudio se originó en las atribuciones conferidas a la Contraloría General
de la República en los artículos 184 de la Constitución Política de la República de Costa
Rica, 18 de su Ley Orgánica No. 7428 y otras leyes conexas.
Para el análisis respectivo, se han tenido a la vista los siguientes
documentos: el presupuesto ordinario y el plan operativo institucional, que fueron
aprobados por la Junta Directiva, según consta en el acta de la sesión extraordinaria No.
61-2011 celebrada el 26 de setiembre de 2011, y que fueran remitidos con el oficio No.
455-GG-2011 del 30 de setiembre de 2011.
El estudio se realizó de acuerdo con la normativa jurídica aplicable según las
circunstancias, la normativa técnica que rige la materia y la emitida por la Contraloría
General de la República, según su competencia. El cumplimiento del bloque de legalidad
en relación con la etapa de formulación y aprobación interna es responsabilidad del
jerarca y los ...
Fecha publicación: 13/01/2012
Fecha emisión: 23/12/2011
Institución: AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PUBLICOS
Emite: AREA FISC. DE SERVICIOS ECONOMICOS
Tipo documental: PRESUPUESTO INICIAL (CLASE INACTIVA)
Proceso: ANALISIS DE PRESUPUESTO ORDINARIO
Año: 2011
DIVISIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio N° 08522
08 de setiembre de 2011
DJ-0995-2011
Señores
Emilio Arias Rodríguez
María Lourdes Echandi Gurdián
Miembros, Junta Directiva
AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
(ARESEP)
Estimados señores:
Asunto: Se rechaza solicitud de reconsideración en relación con la opinión jurídica no
vinculante emitida mediante oficio No. 07094 (DJ- 0828- 2011) de fecha 3 de agosto de 2011.
Nos referimos a su escrito, sin número, presentado a esta Contraloría General de la República
el día 16 de agosto del año en curso, mediante el cual se solicita evaluar la pertinencia de reconsiderar
la opinión jurídica no vinculante contenida en el oficio No. 07094 (DJ-0828-2011) de fecha 3 de
agosto de 2011, emitida por la División Jurídica de la Contraloría General de la República.
Sobre el particular, indican los solicitantes, con el objetivo de ampliar los antecedentes de la
consulta planteada por el Regulador General de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, en
oficio número 288- RG- 2011, que en su oportunidad esa autoridad, consultó a la Procuraduría General
de la República que si en vista de que el artículo 1º de la ley de creación de la ARESEP dispone que
esa institución “no se sujetará a los lineamientos del Poder Ejecutivo en el cumplimiento de las
atribuciones que se le otorgan en esta ley”, cabría concluir que la ARESEP se encontraba fuera del
alcance del poder de dirección del Poder Ejecutivo, el cual se concretiza en el dictado de directrices,
como la aludida.
Igualmente, señalan los gestionantes que la Procuraduría General de la República al resolver la
consulta en su dictamen vinculante No. C-102-2006 de fecha 7 de marzo de 2006, determinó que el
Poder Ejecutivo sí está en capacidad de vincular a la ARESEP mediante una directriz dirigida a regular
temas como el salarial y de austeridad.
Asimismo, manifiestan que si bien el pronunciamiento de la Procu ...
Fecha publicación: 02/09/2011
Fecha emisión: 30/08/2011
Institución: AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PUBLICOS
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Año: 2011
DIVISIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio N° 07094
03 de agosto de 2011
DJ-0828-2011
Señor
Dennis Meléndez Howell
Regulador General
AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
Estimado señor:
Asunto: Opinión jurídica no vinculante. Se atiende consulta planteada por el Regulador
General de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, sobre el ámbito
de aplicación de la Directriz- 13- H emitida el 4 de marzo del 2011, por la
Presidencia de la República conjuntamente con el Ministro de Hacienda.
Nos referimos a su oficio número 288- RG- 2011, presentado a esta Contraloría General de
la República el día 8 de junio del año en curso, mediante el cual se consulta sobre el ámbito de
aplicación de la Directriz-13-H, emitida el 4 de marzo del 2011, por la Presidencia de la República,
conjuntamente con el Ministro de Hacienda.
I. Consideraciones previas.
Señala el consultante que en Alcance No. 13-A a La Gaceta número 45 de fecha 4 de marzo
de 2011, se publicó la Directriz No. 013-H, la cual dispone una serie de lineamientos para la
reducción del gasto público y la racionalización de su uso, entre los que se encuentran los
siguientes: 1) No creación de plazas en el sector público; 2) No utilización de plazas vacantes con
las excepciones allí indicadas, y 3) Las entidades públicas en su conjunto reducirán mediante
modificación presupuestaria un veinte por ciento (20%) de sus presupuestos aprobados,
exceptuándose las partidas de remuneraciones, transferencias y el servicio de la deuda pública,
incluyendo la sub- partida de información.
Asimismo, indica el consultante que el artículo 9 de la mencionada directriz, enumera un
listado de instituciones públicas que están excepcionadas de la aplicación de la directriz, entre las
cuales no se encuentra la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (ARESEP).
De igual manera, el consultante manifiesta tener dudas razonables sobre la aplicación de esa
di ...
Fecha publicación: 09/07/2011
Fecha emisión: 06/07/2011
Institución: AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PUBLICOS
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Año: 2011
Tesauro: Institucionas Autonomas, Canones
DIVISIÓN DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio Nº 03570
25 de abril, 2011
DCA-1040
Señor
Luis Fernando Sequeira Solís
Auditor Interno
Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos
Estimado señor:
Asunto: Se atiende consulta relacionada con el registro extemporáneo en el Sistema Integrado de
Actividad Contractual (en adelante SIAC), de la contratación directa 2010CD-000112-ARESEP.
Nos referimos a su oficio PROV-00365-2010, de fecha 24 de enero de dos mil once
recibido el día 25 del mismo mes y año, por medio del cual solicita el refrendo del contrato referido
en el asunto.
I. Antecedentes de la consulta.
La auditoría Interna de la Autoridad Reguladora de los Servicio Públicos, expone lo
siguiente:
-Que de conformidad con el estudio que se está realizando en la Auditoría Interna sobre la
“Evaluación del proceso de contratación para el alquiler del edificio Multipark se observa que el
Registro en el SIAC de la contratación Directa 2010 CD-000112-ARESEP se aplicó en forma
extemporánea
-Que la Administración activa reconoce el acto administrativo y consulta al Lic. José
Antonio Solera Víquez, consultor legal, si ese hecho generar conlleva alguna responsabilidad.
-Que mediante oficio JASV-010-2010 del 19 de marzo de 2010, el Lic. Solera indica al
Regulador General Dr. Fernando Herrero A, lo siguiente:
“…6. En el criterio del suscrito, en ningún momento se ha pretendido soslayar la formalidad de la
conformación de un expediente ni hacer los registros correspondientes, si no que estos
requerimientos se han cumplido según las características propias de la modalidad de selección del
contratista que se ha empleado en este caso de conformidad con el ordenamiento jurídico. Lo
anterior de ninguna manera es generador de responsabilidades de ningún tipo, toda vez que para
ello se requieren actuaciones negligentes, originadas en una culpa grave o dolo y el caso pre ...
Fecha publicación: 28/04/2011
Fecha emisión: 25/04/2011
Institución: AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PUBLICOS
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA SOBRE HACIENDA PUBLICA
Año: 2011
1
2
Sr. Gregorio Segura Coto
18 de junio, 2002
DIVISIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL
UNIDAD DE AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Al contestar refiérase
al oficio Nº 14921
16 de diciembre, 2003
DI-AA-3317
Licenciada
Aracelly Pacheco Salazar
Reguladora General
Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos
Estimado señor:
Asunto: Contrato de adquisición de equipo de cómputo, suscrito entre la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos y Productos Avanzados de Computación S.A.
Nos referimos a su oficio No. 9012 de 05 de diciembre del año en curso, mediante el cual somete para refrendo el Contrato de adquisición de equipo de cómputo, SUSCRITO ENTRE LA AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS Y PRODUCTOS AVANZADOS DE COMPUTACIÓN S.A..
Una vez realizado el estudio de rigor, devolvemos el documento de mérito debidamente aprobado por esta Contraloría General, condicionado a la existencia de contenido presupuestario.
Atentamente,
Elena Benavides Santos
Fiscalizadora
Anexo: Dos expedientes
EBS/sms
ci Archivo Central
Ni: 24367
2003602112
( Contratos
] ...
Fecha publicación: 19/12/2003
Fecha emisión: 16/12/2003
Institución: AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PUBLICOS
Emite: HISTÓRICO AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Tipo documental: CONTRATOS (HISTÓRICO)
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
Año: 2003
División De Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Servicios Públicos Remunerados
PAGE
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Servicios Públicos Remunerados
Al contestar refiérase
al oficio Nº 11534
15 de octubre, 2003
FOE-PR-235
Licenciada
Aracelly Pacheco Salazar
Reguladora General
AUTORIDAD REGULADORA DE
LOS SERVICIOS PÚBLICOS (ARESEP)
Estimada señora:
Asunto:
Devolución sin el trámite de la modificación externa Nro. 3-2003, de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos.
En atención a su solicitud formulada mediante oficio Nro. 7668 (1451-RG-2003) del 13 de octubre del año en curso, me permito remitirle, sin el trámite correspondiente, la modificación externa Nro. 3-2003 de esa Autoridad Reguladora.
Atentamente,
Lic. Hernán Solano Murillo
Gerente de Área
LRH/HSM/zwc
ci
Secretaría de Junta Directiva - ARESEP
Dirección Administrativa Financiera - ARESEP
Auditoría Interna - ARESEP
Archivo (2)
Expediente (G-2003600438)
ce
Autoridad Presupuestaria
Ni
18453, 19708
Aprobaciones presupuestarias
Tel. (506) 220 3120
Fax. (506) 220 4385
http://www.cgr.go.cr Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
Correo Electrónico: inforcgr@sol.racsa.co.cr
] ...
Fecha publicación: 18/10/2003
Fecha emisión: 15/10/2003
Institución: AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PUBLICOS
Emite: HIST. SERVICIOS PUBLICOS REMUNERADOS
Tipo documental: MODIFICACION PRESUPUESTARIA EXTERNA
Proceso: ANALISIS MODIFICACION PRESUPUESTARIA EXTERNA
Año: 2003
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Servicios Públicos Remunerados
2
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Servicios Públicos Remunerados
Licda. Deisha Broomfiel Thompson 2 27 de agosto, 2003
Al contestar refiérase
al oficio Nº 09303
27 de agosto, 2003
FOE-PR-164
Licenciada
Deisha Broomfield Thompson
Secretaria de la Junta Directiva
AUTORIDAD REGULADORA DE
LOS SERVICIOS PÚBLICOS (ARESEP)
Estimada señora:
Asunto:
Solicitud de criterio sobre la viabilidad presupuestaria de la ARESEP de generar superávit libre y sobre la aplicación del Transitorio I de la Ley No. 8276 a ese superávit.
Este despacho ha recibido el oficio No. 5573 (1158-RG-2003) del 18 de julio de 2003, suscrito por el Doctor Hermann Hess Araya, entonces Regulador General, mediante el cual la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (ARESEP), solicita criterio sobre la calificación, como libre o específico, del superávit que genera la entidad; la confirmación, en caso de que se determine la calificación de libre al superávit en consulta, de la aplicación de la Ley No. 8276 sobre el superávit libre del período y no del acumulado; y sobre la posibilidad de obtener los fondos del superávit acumulado, en caso de que se obtuviese de la Autoridad Presupuestaria una flexibilización del límite del presupuesto del 2003, con el fin de que la partida correspondiente al superávit del 2002 se excluya de ese límite.
Sobre el particular y con el propósito de que lo someta a conocimiento de los señores miembros de la Junta Directiva de esa Autoridad Reguladora, este despacho se permite indicar lo siguiente:
1.
En cuanto al segundo punto del oficio de consulta, relativo a la confirmación del superávit a considerar para la aplicación del Transitorio I de la Ley No. 8276, me permito indicar que de conformidad con el criterio externado en nuestro oficio No. 2805 del 20 de marzo del año en curso ...
Fecha publicación: 30/08/2003
Fecha emisión: 27/08/2003
Institución: AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PUBLICOS
Emite: HIST. SERVICIOS PUBLICOS REMUNERADOS
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA INTERNA Y EXTERNA
Año: 2003
DIVISION DE DESARROLLO INSTITUCIONAL
UNIDAD DE AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
2
Dr. Hermann Hess Araya
6 de agosto de 2003
Regulador General
DI-AA-
Al contestar refiérase
al oficio No. 08666
11 de agosto de 2003
DI-AA-1944
Doctor
Hemann Hess Araya
Regulador General
Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos
Estimado señor:
Asunto:
Utilización de los recursos del superávit específico.
Me refiero a su oficio Nº 5837, de fecha 30 de julio de 2003, mediante el cual solicita el criterio de esta Contraloría General en relación con el procedimiento para la utilización de los recursos del superávit, en proyectos que, por una u otra razón, no se puedan ejecutar dentro de un mismo ejercicio económico.
Al respecto y de común acuerdo con el Área de Servicios Públicos Remunerados de la División de Fiscalización Operativa y Evaluativa de este Órgano Contralor, me permito informarle que, en nuestro criterio, el oficio Nº 08222 (DI-AA-1843), de fecha 31 de julio de 2003, dirigido a su persona, responde su consulta en el punto II de la página 4. De acuerdo con ello, si el superávit es libre u operativo, deberá ser devuelto en su totalidad a las empresas reguladas, mediante la respectiva liquidación de cánones que anualmente deba realizar ese Órgano Regulador; pero si el superávit es específico, deberá estar debidamente identificado y asociado a proyectos de inversión, con las características y forma que se señala en el citado oficio. Así, en este último caso, cuando el o los proyectos no logren ejecutarse en un mismo período económico, los recursos restantes se presupuestarán de nuevo en el siguiente ejercicio, en el logro de los objetivos para los que estaban asignados.
En relación con lo anterior es importante señalar que el uso de los recursos del superávit específico está sujeto a las directrices que emita el Poder Ejecutivo a través de la Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuestaria en relación con el gasto limitado; por lo tanto, -cuand ...
Fecha publicación: 14/08/2003
Fecha emisión: 11/08/2003
Institución: AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PUBLICOS
Emite: HISTÓRICO AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: OTROS
Año: 2003
División De Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Servicios Públicos Remunerados
División De Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Servicios Públicos Remunerados
Licda. Magally Porras Porras -2- 7 de agosto, 2003
Al contestar refiérase
al oficio No. 08598
7 de agosto, 2003
FOE-PR- 151
Licenciada
Magally Porras Porras
Directora Administrativa Financiera
AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
Estimada señora:
Asunto:
Se atiende solicitud de criterio legal sobre la obligatoriedad de la ARESEP de cubrir las cuotas que deben cancelarse a los organismos internacionales, según Ley N° 3418 del 9 de octubre de 1964.
Me refiero a su oficio No. 4842 del pasado 24 de junio, mediante el cual requiere del criterio de esta Contraloría General sobre la obligatoriedad de sufragar un porcentaje de las cuotas a pagar a los organismos internacionales, según lo dispuesto por la Ley N° 3418 del 9 de octubre de 1964; y para los efectos correspondientes, adjunta el criterio emitido por la Dirección Jurídica Especializada de la ARESEP sobre el particular.
Al respecto, me permito indicarle que este órgano contralor comparte el criterio emitido por la mencionada Dirección Jurídica Especializada en el oficio No. 4279 del 2 de junio del presente año, en el sentido de que la naturaleza jurídica que el ordenamiento otorga a la ARESEP es de institución autónoma, comprendida como tal en el ámbito de aplicación de la referida Ley No. 3418, según lo dispone el numeral 1º de la Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, No. 7593.
Por otra parte, es menester señalar que llama la atención a este órgano contralor la razón de su consulta, toda vez que esa Dirección Administrativa había solicitado el criterio correspondiente a la Dirección Jurídica Especializada de la ARESEP y de que este despacho en reiteradas oportunidades ha aprobado los montos presupuestado ...
Fecha publicación: 10/08/2003
Fecha emisión: 07/08/2003
Institución: AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PUBLICOS
Emite: HIST. SERVICIOS PUBLICOS REMUNERADOS
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA INTERNA Y EXTERNA
Año: 2003
1
2
Sra. Yorleny Obando Guevara
22 de julio, 2003
DIVISIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL
UNIDAD DE AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Al contestar refiérase
al oficio Nº 08465
06 de agosto, 2003
DI-AA-1898
Doctor
Hermann Hess Araya
Regulador General
Autoridad Reguladora de Servicios Públicos
Estimado señor:
Asunto: Contrato suscrito entre la Autoridad Reguladora de Servicios Públicos y la Empresa Platts Global Alert, cuyo objeto son los servicios de información
Nos referimos a su oficio No. 5297 de 08 de julio del año en curso, mediante el cual somete para refrendo el contrato suscrito entre la Autoridad Reguladora de Servicios Públicos y la Empresa Platts Global Alert, cuyo objeto son los servicios de información.
Sobre el particular, nos permitimos indicarle que una vez analizado el documento de cita , y atendidas las explicaciones expuestas en su oficio No. 5297 del 08 de julio último, así como el criterio técnico (DI-STI-170-18/6/2003) de nuestra Unidad de Sistemas y Tecnologías de Información , y por el interés público que reviste este contrato, hemos procedido a otorgar el refrendo contralor, dejando bajo exclusiva responsabilidad de esa Administración, la existencia de contenido presupuestario que ampare el presente desembolso.
Atentamente,
Msc Rosa I. Conejo Fernández
Fiscalizadora
RCF/sms
ci: Archivo Central
Ni: 12380
( Contratos
] ...
Fecha publicación: 09/08/2003
Fecha emisión: 06/08/2003
Institución: AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PUBLICOS
Emite: HISTÓRICO AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Tipo documental: CONTRATOS (HISTÓRICO)
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
Año: 2003